Boletín 9010

Boletín 9010
Revisión de Estados Financieros


El propósito de esta Norma para Trabajos de Revisión (NR) es establecer normas y proporcionar lineamientos sobre las responsabilidades profesionales del Contador Público cuando éste, no siendo el auditor de una entidad, lleva a cabo un trabajo para revisar estados financieros; asimismo, sobre la forma y contenido del informe que el Contador Público emite en relación con dicha revisión.
Esta Norma de Revisión está dirigida a la revisión de estados financieros integrales.

Objetivo de un trabajo de revisión
Permitir a un Contador Público declarar si algo ha llamado a su atención que le haga creer que los estados financieros no están preparados, en todos los aspectos importantes, de acuerdo con el marco contable aplicable.

Principios generales de un trabajo de revisión
El Contador Público debe cumplir con el “Código de Ética Profesional” emitido por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C.
El Contador Público debe conducir una revisión de acuerdo con esta Norma de Revisión (NR).
El Contador Público debe planear y realizar la revisión con una actitud de escepticismo profesional.

Alcance de una revisión
Se refiere a los procedimientos de revisión que se consideren necesarios en las circunstancias para lograr el objetivo de la misma. Dichos procedimientos deben ser determinados por el Contador Público.

Seguridad moderada
Un trabajo de revisión proporciona un nivel moderado de seguridad de que la información sujeta a revisión está libre de errores importantes.

Términos del trabajo
El Contador Público y el cliente deben acordar los términos del trabajo. Los términos acordados deben documentarse en una carta convenio u otra forma adecuada, como puede ser un contrato.

Planeación
El Contador Público debe planear el trabajo, de manera que se ejecute un trabajo efectivo.
Al planear una revisión de estados financieros, el Contador Público debe obtener o actualizar el conocimiento del negocio. El Contador Público necesita tener una comprensión adecuada de dichos asuntos y de otros relevantes a los estados financieros.

Documentación
El Contador Público debe documentar los asuntos que son importantes para proporcionar evidencia que sustente el informe de revisión y la evidencia de que la revisión fue llevada a cabo de acuerdo con esta NR.

Procedimientos y evidencia
El Contador Público debe aplicar su juicio para determinar la naturaleza, oportunidad y alcance de los procedimientos de revisión.
El Contador Público debe aplicar las mismas consideraciones sobre materialidad que serían aplicables si se estuviera dando una opinión de auditoría sobre los estados financieros.
El Contador Público debe investigar sobre eventos posteriores a la fecha de los estados financieros, que puedan requerir ajustes o revelación en los estados financieros.
Si el Contador Público tiene razones para creer que la información sujeta a revisión puede contener errores importantes debe llevar a cabo procedimientos adicionales o más extensos para poder expresar una aseveración negativa o confirmar que se requiere un informe con salvedad.

Conclusiones e informes
El informe de revisión debe contener una clara expresión escrita de una aseveración negativa.
El Contador Público debe evaluar si cualquier información obtenida durante la revisión indica que los estados financieros no están presentados razonablemente, en todos los aspectos importantes, de acuerdo con el marco contable aplicable. El informe sobre una revisión de estados financieros describe el alcance del trabajo.
Elementos básicos del informe sobre una revisión de estados financieros:
-Un título
-El destinatario.
-Un párrafo introductorio incluyendo:
*Identificación de los estados financieros sobre los que se ha realizado la revisión.
*Una declaración de la responsabilidad de la administración de la entidad y de la responsabilidad del Contador Público.
-Un párrafo de alcance, describiendo la naturaleza de una revisión, que incluya:
*Una referencia a esta NR aplicable a trabajos de revisión.
*Una declaración de que una revisión está limitada primordialmente a investigaciones y procedimientos analíticos.
*Una declaración de que no se ha realizado una auditoría, que los procedimientos realizados proporcionan menos seguridad que una auditoría y que no se expresa una opinión de auditoría.
-Una aseveración negativa.
-La fecha del informe.
-La dirección del contador público.
-La firma del Contador Público.

Comentarios

  1. Hola. La información que presentas es muy concreta y fácil de interpretar. Rescatas los puntos principales de este Boletín y se distingue el objetivo del mismo mencionando los requisitos de la presentación del trabajo

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